Hay una nueva línea rápida para realizar denuncias y pedir limpiezas / Servicio de limpieza de baldíos en SFVC

Hay una nueva línea rápida para realizar denuncias y pedir limpiezas / Servicio de limpieza de baldíos en SFVC

Se ejecuta nuevamente el plan de limpieza en baldíos de la Capital

A partir de esta semana la Municipalidad de SFVC ejecuta nuevamente el plan de limpieza en los predios baldíos de los distintos sectores de la ciudad, con el objetivo de preservar la higiene y la seguridad pública en todos los barrios. Las máquinas trabajan sobre el desmalezamiento y la limpieza en algunas esquinas emblemáticas que son el blanco de la basura y el abandono. Luego se intervendrá en los terrenos que crecen en gran escala como basurales a cielo abierto. Ayer la empresa contratada por el municipio para tal fin, inició su operación en las inmediaciones de las Avenidas Terebintos y Choya y cercanías al sector, donde se llevó a cabo una importante y variada intervención de limpieza. Cabe destacar que este trabajo no tendrá beneficio alguno si los propietarios y vecinos no colaboran con el cuidado y mantenimiento de estos lugares, teniendo en cuenta que todos los barrios cuentan con el servicio de recolección de residuos domiciliarios y existen cientos de contenedores distribuidos en toda la Capital. Para denuncias y pedidos de limpieza los vecinos deberán comunicarse al Centro de Atención al Vecino al 0800-444-07382 o a Inspección General de la comuna para registrar su pedido. Normativa para la limpieza de los terrenos baldíos En cuanto a la higiene de los predios o terrenos baldíos, son los propietarios, poseedores y/o tenedores quienes se encuentran obligados a mantenerlos limpios y sin maleza. Conforme a la ordenanza Nº 2449/92, “todo propietario, poseedor o tenedor de un predio, baldío o edificado, con frente a la vía pública o pasillos comunes, está obligado a construir y conservar en su frente el cerramiento y la vereda de acuerdo a la reglamentación que en consecuencia se dicte. Asimismo está obligado a mantener la higiene de los mismos en las condiciones previstas en la presente ordenanza”. De igual modo, la ordenanza Nº 3306/99 “Código de Faltas”, en su artículo 69 prescribe: “los propietarios, poseedores y/o tenedores que omitieran a eliminar yuyos, maleza o residuos de los inmuebles de los que sean titulares u ocupantes y sus correspondientes veredas, serán sancionados con multa de diez (10) a sesenta y cinco (65) UM, más los gastos que demanden la limpieza, la que podrá ser efectuada por el municipio o terceros contratados a tal efecto”.

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